REGLAMENTO PARA INGRESO, CIRCULACIÓN, Y PERMANENCIA DE MASCOTAS EN EL CENTRO COMERCIAL

El Centro Comercial es amigable con las mascotas y su tenencia responsable y permite que los clientes ingresen a sus instalaciones con mascotas de compañía siempre que se traten de animales domésticos y sean perros o gatos, y que los propietarios o tenedores cumplan con las reglas que a continuación se detallan:

1. Al ingresar al centro comercial, el tenedor o propietario entiende aceptado el presente reglamento y se obliga a acatarlo.

    2. Es obligatorio el uso permanente de correa o arnés para el ingreso y permanencia de la mascota en el centro comercial. 

      3.   Las siguientes mascotas consideradas como razas peligrosas no podrán ingresar a menos que cuenten con bozal y correa especializada:

      a. Pitbull.

      b. Staffordshire bull terrier.

      c. Rottweiler.

      d. Fila brasileño.

      e. Dogo argentino.

      f. American Staffordshire Terrier.

      g. Tosa Inu.

      h. Akita Inu.

      i. Doberman.

      j. Bully Kutta

      4.     Las mascotas que ingresen necesariamente, sin excepción, deben estar acompañadas de manera permanente de un adulto responsable. Ningún niño o menor de edad por ninguna circunstancia y en ningún momento debe estar solo con la mascota.

      5.     Solo está permitido el ingreso de una mascota por persona.

      6.     Está prohibido el ingreso de mascotas a las zonas de baterías sanitarias y al patio de comidas o zonas en las que se expendan alimentos, salvo que se trate de mascotas de asistencia debidamente certificadas y que su propietario o tenedor porte el documento correspondiente. 

      7.     Cada local o espacio comercial es autónomo para permitir o prohibir el ingreso de mascotas.

      8.     Se prohíbe el ingreso de mascotas en periodo estral (celo).

      9.     El centro comercial no cuenta con medio de transporte ni cuidadores ni guardería de mascotas.

      10.  La mascota deberá transitar únicamente por ascensores y/o gradas fijas. Se prohíbe que las mascotas sean transportadas por escaleras eléctricas. De ser inevitable el hecho, las mascotas deben ser cargadas por sus dueños o portadores.

      11.  Los propietarios o tenedores deben evitar que las mascotas hagan sus necesidades fisiológicas en el centro comercial, y son responsables de portar todos los implementos de aseo para que ante cualquier eventualidad realicen la recolección de desechos, los que serán dispuestos en los lugares definidos para este efecto. Adicionalmente, deberán limpiar y desinfectar el lugar en el que tuvo lugar la eventualidad.

      12.  Las mascotas que ingresen al centro comercial, deberán contar con todo con todo el esquema de vacunación al día. De suscitarse un incidente, el centro comercial se reserva el derecho de requerir el folleto de esquema de vacunación correspondiente.

      13.  Con el fin de mantener la seguridad e integridad de los visitantes y locatarios, y para evitar situaciones de peligro, incomodidad y/o falta de armonía, el centro comercial se reserva el derecho de admisión y permanencia de las mascotas en las instalaciones. Se procederá a requerir el retiro de las mascotas en las situaciones en las que se considere que se afecta la tranquilidad, seguridad y/o operación del centro comercial y sus visitantes, o cuando no se cumpla alguna de las reglas contenidas en este instrumento.

      14.  El propietario o tenedor de la mascota es el único y exclusivo responsable de la custodia de la mascota y de cualquier ataque y/o daño a bienes, compras, mercaderías, alimentos, infraestructura, etc., eximiendo y obligándose a mantener indemne al centro comercial, sus accionistas y personeros de cualquier responsabilidad ante reclamos por eventos relacionados con las mascotas. 

      15.  Los usuarios y visitantes del centro comercial, aunque no tengan mascotas, al ingresar al centro comercial aceptan que el único y exclusivo responsable de ataques, y generarl cualquier otro daño y/o perjuicio a bienes y/o personas relacionado y ocasionado de manera directa o indirecta por las mascotas, es el tenedor o propietario de la mascota encargado de su custodia, sin que el centro comercial, sus personeros ni accionistas tengan ninguna responsabilidad por posibles eventos. 

      16.  En el caso de que el centro comercial sea condenado o deba pagar valor alguno por hechos relacionados con las mascotas, el tenedor y/o propietario deberán reembolsar de inmediato esa suma de dinero al centro comercial, incluso gastos y honorarios legales.

      17.  El centro comercial cumple el ordenamiento jurídico y respeta y es amigable con los animales, por tanto, de observarse una conducta de maltrato o abuso hacía estos seres vivos, se reserva el derecho de dar aviso inmediato a las autoridades competentes.

      18.  El centro comercial se reserva el derecho de modificar el presente reglamento en el tiempo y términos que estime convenientes.

       Todos los meses grandes descuentos esperan por ti.
      Todos los meses grandes descuentos esperan por ti.

      Hacemos que tu experiencia sea inolvidable

      ©2024 Quicentro Shopping. Todos los derechos reservados